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Como obtener una ampliacion gratuita del plazo de su prestamo hipotecario

hace 16 años
Hacienda

¿A quién está dirigido?

Los beneficiarios de esta medida han de reunir los siguientes requisitos:

  • Ser personas físicas.

  • Titulares de un préstamo con garantía hipotecaria para la construcción,

rehabilitación o adquisición de su vivienda habitual. Esta medida no se aplica

respecto de los créditos con garantía hipotecaria.

  • La hipoteca ha de recaer sobre su vivienda habitual.

  • Los préstamos con garantía hipotecaria han debido ser necesariamente

concedidos por entidades de crédito, esto es, bancos, cajas de ahorros,

cooperativas de crédito o establecimientos financieros de crédito.

¿En qué consiste?

Se trata de una novación, es decir, de una modificación de una de las condiciones del

préstamo hipotecario que usted formalizó en su momento con su entidad de crédito.

En concreto, se modifica el plazo de amortización del préstamo, ampliándolo.

La cuota mensual que usted paga por su préstamo hipotecario depende de tres

variables fundamentales:

  • el importe del préstamo

  • el tipo de interés

  • el plazo

Lo que usted puede modificar, gratuitamente con las nuevas medidas, es el plazo de

amortización.

¿Cómo se lleva a cabo?

Mediante acuerdo entre usted y su entidad de crédito. Como toda modificación de las

condiciones de un contrato de derecho privado, la ampliación del plazo del préstamo

hipotecario se concluye por acuerdo entre las partes, es decir, entre el titular del

préstamo con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual y su entidad de crédito.

La modificación implica también determinados trámites notariales y registrales.

¿Qué implicaciones puede tener la ampliación del plazo?

La ampliación del plazo de su préstamo hipotecario es una decisión importante. El

alargamiento del plazo es una forma de reducir a corto plazo su carga financiera pero,

en función de su situación particular, también supone una serie de implicaciones que

deben considerarse antes de tomar la decisión. Tenga en cuenta que:

  • Si los plazos de su préstamo hipotecario son ya largos la disminución de la cuota

puede ser reducida.

  • En todo caso la ampliación supondrá que estará más años pagando su

préstamo, intereses incluidos.

2

  • Si en un momento posterior, con arreglo a una mejor situación financiera, usted

quisiera reducir el plazo o cancelar anticipadamente su préstamo, en ese caso

deberá hacer frente a todos los gastos que la nueva operación conlleve.

  • Si, junto a la ampliación del plazo, acordase con su entidad de crédito otras

modificaciones de su préstamo hipotecario (alteración de tipo de interés,

ampliación del capital, etc.), no podrá beneficiarse de la gratuidad de los costes

notariales y registrales que se describen más adelante.

Reflexione y déjese aconsejar por su entidad de crédito. Si acuerda la ampliación del

plazo con su entidad de crédito, debe saber que puede beneficiarse de las siguientes

medidas:

  • No tendrá que pagar la comisión por ampliación del plazo de su préstamo

hipotecario.

  • Estará exento del gravamen por Actos Jurídicos Documentados que se paga

cuando se extienden escrituras públicas.

  • Por regla general, si los tipos de interés no varían, un plazo mayor supone

una cuota menor.

  • La ampliación del plazo no conllevará gastos notariales ni registrales.

¿Hasta cuándo puedo pedir la ampliación del plazo de mi préstamo hipotecario

sin costes?

Hasta el 22 de abril de 2010.

DIEZ PASOS PARA QUE SU AMPLIACIÓN SEA GRATUITA.

Si finalmente usted decide que puede interesarle la ampliación del plazo de

amortización de su préstamo hipotecario y así lo acuerda con su entidad, estos son los

diez pasos que ha de seguir para que la ampliación se produzca de forma gratuita.

Tendrá que dirigirse por este orden:

  • a su entidad de crédito,

  • al notario

  • al Registro de la Propiedad:

En su entidad de crédito

  1. Diríjase a su oficina de la entidad de crédito con la que tiene suscrito el préstamo

hipotecario.

  1. Hable con ellos acerca de la posibilidad de ampliar el plazo de su préstamo y de

las implicaciones de esta decisión. Solicite de su entidad de crédito toda la

información que estime necesaria para adoptar la decisión de una manera

fundada y, en concreto, exija que le informe sobre el importe de las cuotas

periódicas y el cuadro de amortización del préstamo que resultara de llegar a

acordar la ampliación.

  1. Si decide que le interesa la ampliación del plazo, no sólo deberá solicitarlo sino

que será necesario que su entidad acepte.

  1. Una vez de acuerdo ambas partes, la ampliación se efectuará sin coste alguno en

concepto de comisión por ampliación del plazo del préstamo.

3

  1. Recuerde que sólo será gratuita la modificación de la cláusula que establece la

ampliación del plazo del préstamo. Si modifica cualquier otra cláusula, los costes

por esas otras modificaciones (comisiones, impuestos, notario, registro,...) serán

los habituales.

Ante el notario

  1. La modificación del préstamo hipotecario deberá efectuarse en escritura pública

común, ante Notario. La entidad de crédito remitirá toda la documentación a la

notaría. Ante el notario usted tiene derecho a:

  • Exigir que le resuelva cualquier duda o consulta relativa a los documentos

que usted vaya a firmar.

  • Exigir que le explique las consecuencias de lo que firma.

  • Exigir que la escritura pública que documente exclusivamente la ampliación

de plazo se expida en papel común (no en papel timbrado).

  • Solicitar que dicha escritura sea presentada telemáticamente por el notario

en el Registro de la Propiedad correspondiente.

  • Exigir que le entregue copia autorizada del documento que ha firmado en un

plazo no superior a cinco días.

  1. Los costes notariales de esta operación serán gratuitos.

En el Registro de la Propiedad

  1. Una vez realizada la formalización en escritura pública, ante el notario, deberá

efectuarse la inscripción en el Registro de la Propiedad como nota al margen.

  1. En este caso usted tiene tres opciones, las dos primeras sin coste:
  • Puede usted solicitar al notario que le presente telemáticamente el

documento en el Registro de la Propiedad.

  • Si no pudiese hacer uso de la presentación telemática a través del notario,

puede usted mismo llevar la escritura al Registro de la Propiedad que le

corresponda. En este caso, la entidad de crédito no aplicará las nuevas

condiciones del préstamo hasta que usted le haya justificado

documentalmente que se ha efectuado la inscripción del documento en el

Registro de la Propiedad.

  • Puede encargárselo a una gestoría que se hará cargo de realizar el trámite y

cobrará por el servicio prestado.

La inscripción será en todo caso gratuita. Usted tiene derecho a que el registrador le

califique e inscriba el documento en 15 días, sin poner obstáculos ajenos a las

materias que debe comprobar. Si el registrador aprecia un defecto, usted puede exigir

que se lo comunique tanto a usted mismo como a su notario.

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