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El reformado proceso Monitorio en la Ley de Enjuiciamiento Civil

hace 13 años
Abogados

El proceso monitorio es, sin duda, el proceso civil más frecuentemente utilizado en la práctica.

Su extenso ámbito de aplicación (a saber: la reclamación judicial de derechos de crédito impagados, con un límite cuantitativo recientemente ampliado y que se hallen de algún modo documentados) une, sobre todo, una estructura procedimental que sitúa al deudor en la postura de tener que pagar la deuda u oponerse formalmente a ella, ya que, de mantenerse inactivo frente al requerimiento judicial de pago subsiguiente a la admisión de la petición monitoria, se dictará en su contra un auto despachando la ejecución forzosa. En la presente edición, la obra se ha actualizado con todas las numerosas modificaciones introducidas por las leyes de reforma de la Oficina Judicial, entradas en vigor este mismo año, así como con la última jurisprudencia emanada de nuestras Audiencias Provinciales. Así, junto a un inicial , donde se da cuenta de los aspectos esenciales de su régimen jurídico, encontrará el lector sobre la tramitación del mismo, los de los principales trámites escritos en que se desarrrolla este procedimiento, y una minuciosamente sistematizada por temas, así como también una serie de donde se examinan las cuestiones más problemáticas que suelen surgir en la práctica forense y, por último, una sintética selección de la normativa legal aplicable.

Sumario:

I : ESTUDIO DOCTRINAL INTRODUCTORIO I. INTRODUCCIÓN 1. El proceso monitorio como uno de los exponentes del reforzamiento de la tutela procesal de los derechos de crédito en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil 2. Las recientes reformas operadas en el proceso monitorio por las Leyes 13/2009 y 19/2009 II. CONCEPTO DE PROCESO MONITORIO III. NATURALEZA JURÍDICA IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN: LOS DERECHOS DE CRÉDITO RECLAMABLES A TRAVÉS DEL PROCESO MONITORIO 1. Exigencias cualitativas: créditos que representen deudas dinerarias, líquidas, vencidas y exigibles 2. Exigencias cuantitativas: créditos de mediana cuantía 3. Exigencias formales: créditos documentados V. INICIACIÓN DEL PROCESO MONITORIO: LA SOLICITUD MONITORIA 1. Presupuestos procesales 2. La solicitud inicial del proceso monitorio VI. ADMISIÓN E INADMISIÓN DE LA SOLICITUD MONITORIA 1. La necesidad de un trámite de admisión de la solicitud monitoria previo al requerimiento de pago 2. Inadmisión de la solicitud 3. Admisión de la solicitud y simultáneo requerimiento de pago VII. LOS DIFERENTES MODALIDADES DE FINALIZACIÓN DEL PROCESO MONITORIO EN FUNCIÓN DE LA POSTURA ADOPTADA POR EL DEUDOR FRENTE AL REQUERIMIENTO DE PAGO 1. Inactividad del deudor ante el requerimiento de pago 2. Pago de la deuda 3. Oposición al pago: la conversión del proceso monitorio en el juicio declarativo que corresponda en función de la cuantía del crédito reclamado VIII. RECAPITULACIÓN: LAS VENTAJAS DEL PROCESO MONITORIO PARA EL ACREEDOR Y PARA EL DEUDOR

II : PROBLEMÁTICA JURISPRUDENCIAL ORDENADA Y SISTEMATIZADA I. FINALIDAD DEL PROCESO CIVIL MONITORIO1. Tutela procesal privilegiada del crédito y obtención de un título de ejecución 2. Constituirse en una especie de juicio ejecutivo de los títulos no ejecutivos II. CARÁCTER NO EXCLUYENTE DEL PROCESO MONITORIO 1. Admisibilidad del proceso monitorio basado en un título cambiario 2. Admisibilidad del proceso monitorio basado en títulos de ejecución no jurisdiccionales ni arbitrales 3. Admisibilidad del proceso monitorio basado en la llamada "jura de cuentas": jurisprudencia contradictoria 4. Admisibilidad del proceso monitorio basado en la reclamación de cantidades debidas por el arrendatario en el marco de un contrato de arrendamiento

III. DERECHOS DE CRÉDITO Y DOCUMENTOS ACCESIBLES AL PROCESO MONITORIO 1. Créditos accesibles al proceso monitorio 2. Documentos accesibles al proceso monitorio: consideraciones generales 3. Documentos bilaterales (o firmados por el acreedor y el deudor) 4. Documentos unilaterales (creados unilateralmente por el acreedor o no firmados por el deudor) 5. Documentos que acreditan una relación comercial duradera 6. Documentos no accesibles al proceso monitorio

IV. PRESUPUESTOS PROCESALES 1. Competencia objetiva: ¿son los Juzgados de lo Mercantil competentes para conocer del proceso monitorio? 2. Competencia territorial 3. Postulación

V. LA PETICIÓN MONITORIA 1. Petición de cantidad dineraria determinada 2. Petición de intereses 3. Admisibilidad de la acumulación de acciones en el proceso monitorio 4. Medidas cautelares 5. Aportación del documento acreditativo de la representación en caso de ser una persona jurídica la acreedora monitoria 6. La petición monitoria no genera en ningún caso el devengo de tasas judiciales

VI. TRÁMITE DE ADMISIÓN DE LA PETICIÓN MONITORIA: ALCANCE DEL CONTROL SOBRE LOS PRESUPUESTOS Y REQUISITOS LEGALES 1. El control de admisibilidad de la petición monitoria se extiende al cumplimiento de los presupuestos procesales y de los requisitos del documento aportado y del derecho de crédito reclamado 2. El control de admisibilidad de la petición monitoria no puede extenderse al enjuiciamiento sobre el fondo del asunto

VII. REQUERIMIENTO DE PAGO AL DEUDOR MONITORIO 1. Necesidad del emplazamiento personal del deudor monitorio: inadmisibilidad del emplazamiento por edictos 2. Requerimiento de pago frustrado: subsiguiente averiguación del domicilio o residencia del deudor monitorio

VIII. LAS DISTINTAS POSTURAS QUE PUEDE ADOPTAR EL DEUDOR MONITORIO FRENTE AL REQUERIMIENTO DE PAGOI

IX. PAGO POR PARTE DEL DEUDOR DE LA DEUDA RECLAMADA EN EL PROCESO MONITORIO: INADMISIBILIDAD DE LA CONDENA EN COSTAS

X. OPOSICIÓN DEL DEUDOR MONITORIO AL REQUERIMIENTO DE PAGO 1. Motivación del escrito de oposición 2. Inadmisibilidad de la oposición extemporánea

XI. INACTIVIDAD DEL DEUDOR MONITORIO FRENTE AL REQUERIMIENTO DE PAGO: DESPACHO DE EJECUCIÓN 1. Limitación de las defensas del deudor monitorio en el ulterior proceso de ejecución

XII. EL JUICIO ORDINARIO O VERBAL POSTERIOR A LA OPOSICIÓN A LA PETICIÓN MONITORIA 1. La obligación de reproducir en el ulterior juicio ordinario la misma pretensión deducida en la petición monitoria (jurisprudencia contradictoria) 2. Cómputo del plazo legal para interponer la demanda de juicio ordinario 3. Efectos de la no presentación en plazo de la demanda de juicio ordinario 4. Efectos de la presentación en plazo de la demanda de juicio ordinario, pero sin indicar que la misma tiene su origen en un proceso monitorio anterior 5. Efectos de la presentación en plazo de la demanda de juicio ordinario, pero ante los Juzgados de otro diferente Partido Judicial

XIII. EL JUICIO VERBAL POSTERIOR A LA OPOSICIÓN A LA PETICIÓN MONITORIA: ADMISIBILIDAD O INADMISIBILIDAD EN LA VISTA ORAL DE NUEVAS CAUSAS DE OPOSICIÓN NO ADUCIDAS EN EL PREVIO ESCRITO DE OPOSICIÓN AL REQUERIMIENTO DE PAGO: JURISPRUDENCIA CONTRADICTORIA 1. Admisibilidad de la alegación de nuevas causas de oposición 2. Inadmisibilidad de la alegación de nuevas causas de oposición

III : ESQUEMASPROCESALES I. TRAMITACIÓN GENERAL DEL PROCESO MONITORIO HASTA EL REQUERIMIENTO DE PAGO II. TRAMITACIÓN EN CASO DE SER ATENDIDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO III. TRAMITACIÓN EN CASO DE NO SER ATENDIDO EL REQUERIMIENTO DE PAGO 1. Incomparecencia del deudor monitorio requerido de pago 2. Oposición del deudor monitorio al requerimiento de pago

IV : FORMULARIOS GENERALES I. PETICIÓN MONITORIA (FORMULARIOS OFICIALES) 1. Proceso monitorio 2. Proceso monitorio (reclamación de gastos comunes de comunidades de propietarios) II. OPOSICIÓN A LA PETICIÓN MONITORIA 1. Oposición ante reclamación de cuantía inferior a la propia del juicio verbal 2. Oposición ante reclamación de cuantía superior a la propia del juicio verbal 28 El reformado proceso monitorio en la Ley de Enjuiciamiento Civil

V : CASOS PRÁCTICOS CASO PRÁCTICO I: ¿PUEDE FUNDAMENTARSE LA PETICIÓN MONITORIA EN UN DERECHO DE CRÉDITO INCORPORADO A UNA LETRA DE CAMBIO? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: el acreedor cambiario puede reclamar su derecho de crédito a través del proceso monitorio CASO PRÁCTICO II: ¿PUEDE FUNDAMENTARSE LA PETICIÓN MONITORIA EN UN DERECHO DE CRÉDITO INCORPORADO A UN TÍTULO EJECUTIVO NO JURISDICCIONAL NI ARBITRAL? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: el acreedor de un crédito incorporado a un título ejecutivo no jurisdiccional ni arbitral puede reclamar la deuda a través del proceso monitorio CASO PRÁCTICO III: ¿ES SUFICIENTE PARA FUNDAMENTAR LA PETICIÓN MONITORIA UNA CERTIFICACIÓN UNILATERAL DE SALDO DEUDOR EMITIDO POR UNA ENTIDAD BANCARIA, O POR EL CONTRARIO, ES NECESARIO TAMBIÉN APORTAR EL PREVIO CONTRATO SUSCRITO CON EL DEUDOR? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: no existe una solución jurisprudencial uniforme a dicha cuestión, pues mientras que algunas Audiencias estiman suficiente dicha certificación, otras la estiman insuficiente y exigen la aportación del contrato del que traiga causa la deuda reclamada por la entidad bancaria CASO PRÁCTICO IV: ¿SON ADMISIBLES EN EL PROCESO MONITORIO LAS FOTOCOPIAS DE LOS DOCUMENTOS ORIGEN DE LA DEUDA RECLAMADA? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: no existe una solución jurisprudencial uniforme a dichas cuestión, pues mientras algunas Audiencias no admiten en ningún caso la petición monitoria a la que se acompañen únicamente las fotocopias de los documentos origen de la deuda, otras admiten éstas en determinados supuestos CASO PRÁCTICO V: ¿SON COMPETENTES LOS JUZGADOS DE LO MERCANTIL PARA CONOCER DEL PROCESO MONITORIO? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: los Juzgados de lo Mercantil tendrán competencia para conocer del proceso monitorio siempre que el conflicto que lo origine verse sobre las materias que el art. 86 ter LOPJ les atribuye CASO PRÁCTICO VI: ¿CABE LA ACUMULACIÓN DE DIFERENTES ACCIONES EN ÉL ESCRITO DE PETICIÓN INICIAL DEL PROCESO MONITORIO? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: es admisible la acumulación de acciones de un acreedor frente a varios deudores en el escrito de petición inicial del proceso monitorio CASO PRÁCTICO VII: ¿ES ADMISIBLE QUE POSTULE COMO ACREEDOR MONITORIO, Y EN NOMBRE PROPIO, UNA PERSONA DIFERENTE A LA QUE CONSTE COMO ACREEDOR EN LOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DE LA DEUDA? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: es admisible la discordancia entre quien insta la petición monitoria y quien aparece como acreedor en los documentos que la acompañan en el caso de que entre éste y aquél se haya formalizado una cesión del crédito, la cual habrá de ser también justificada documentalmente al presentar la petición monitoria CASO PRÁCTICO VIII: EN EL CASO DE QUE LA DEUDORA MONITORIA SEA UNA PERSONA JURIDICA... ¿EN QUÉ LUGAR HA DE REALIZARSE EL REQUERIMIENTO JUDICIAL DE PAGO: EN EL DOMICILIO SOCIAL O EN EL DOMICILIO DEL ADMINISTRADOR DE LA SOCIEDAD? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: con carácter general, el requerimiento pago ha de llevarse a cabo en todo caso en el domicilio social de la persona jurídica CASO PRÁCTICO IX: ¿HA DE ESTAR MOTIVADO EL ESCRITO DE OPOSICIÓN DEL DEUDOR MONITORIO AL REQUERIMIENTO DE PAGO? 1. Los términos de la cuestión 1 2. Solución jurisprudencial: no existe una solución jurisprudencial uniforme a dicha cuestión, pues mientras que algunas Audiencias estiman que es necesaria dicha motivación, otras, por el contrario, estiman que basta con una enumeración genérica o ambigua de la oposición del deudor monitorio CASO PRÁCTICO X: ¿PUEDEN ALEGAR EL DEUDOR MONITORIO EN EL PROCESO DECLARATIVO POSTERIOR A SU ESCRITO DE OPOSICIÓN CAUSAS DE OPOSICIÓN DIFERENTES A LAS ALEGADAS EN DICHO ESCRITO PREVIO? ¿EXISTE O NO UNA VINCULACIÓN ENTRE LA OPOSICIÓN DEL DEUDOR EN EL PROCESO MONITORIO Y LA OPOSICIÓN DEL DEUDOR EN EL PROCESO DECLARATIVO POSTERIOR? 1. Los términos de la cuestión 2. Solución jurisprudencial: no existe una solución jurisprudencial uniforme a dicha cuestión, pues mientras que algunas Audiencias estiman que sí existe dicha vinculación, otras, por el contrario, consideran que el deudor tiene plena libertad para configurara su oposición como desee en el proceso declarativo posterior al monitorio

VI : NORMATIVA REGULADORA I. NORMATIVA ESTATAL 1. Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (artículos 812 a 818) 2. Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal (artículo 21) 3. Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles (artículo 16) II. NORMATIVA EUROPEA 1. Reglamento (CE) n.º 1896/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo Garberí, J./ Torres, J.M. / Casero, L. Los Procesos Civiles

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